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Trabajo realizado por el Gobierno Regional Autónomo Atlántico Norte y la Alcaldía Municipal de Waspan
Este video es presentado en la lengua Materna “Miskito” las actividad...
Lema:
Por el Territorio, Autogobierno y Autodesarrollo Indígena
“Yapti Tasba ra kli klubi alkpi, wan rayaka dukiara”
(Por nuestra vida, abracemos de nuevo a la Madre Tierra)
La organización Yapti Tasba Masraka Nanih Aslatakanka (YATAMA) realizará su VII Asamblea General “Pueblos Indígenas y Comunidades Afrodescendientes”, en la ciudad de Bilwi, Puerto Cabezas, Región Autónomo Atlántico Norte, del 03 al 05 de Abril, con la participación de representantes indígenas de comunidades y territorios de las Regiones Autónomas de Nicaragua con el objetivo de abordar temas que consoliden y revitalicen nuestra lucha
Programa de la Asamblea
Numero Evento Fecha Hora Actividades
1 Viernes 03 de Abril 6:00 - 9:00 Llegada de las Delegaciones.
9:00 - 10:00 Inscripción y Acreditación.
10:00 - 10:30 Inauguración: Palabras de Apertura.
10:30 - 11:30 Bienvenida y Presentación.
11:30 - 12:30 Elección Autoridades y Comisiones Asamblea.
12:30 - 13:30 Almuerzo
13:30 - 14:30 Informe Directorio
14:30 - 15:00 Informe RAAS
15:00 - 15:30 Informe RAAN
15:30 - 16:00 Informe Régimen Especial
16:00 - 16:30 Presentación MASTA
16:30 - 18:00 Tema I: Seguridad Alimentaría
y Pensamiento Indígena (Benjamín Dixon / Joel Dixon)
18:00 - 18:30 Cena
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Versión Mayangna
Gabamint pani mahni kaluduhna yaklauwi indian muihnu ramhni yulwi yakna ki
Traducido por: Murphy Almendarez Robinson
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I N T R O D U C C I O N
La Comisión de Asuntos Étnicos, Regímenes Autonómicos y Comunidades Indígenas de la Asamblea Nacional, estima conveniente compilar y publicar los dos instrumentos internacionales de mayor relevancia e impacto para los Pueblos Indígenas del mundo, como en efecto lo son el Convenio No. 169 de la OIT y la Declaración de Derechos de los Pueblos Indígenas de la ONU del 13 de Septiembre del 2007.
La entrega de éstos documentos, será en la participación del Foro Taller previsto a realizarse en nuestras dos Regiones Autónomas y en la Región del Pacífico, Centro y Norte de Nicaragua, durante los próximos meses y tiene por objeto capacitar a los asistentes del Foro-Taller en estos dos temas, con el propósito de promover la Ratificación del Convenio No. 169 de la OIT, así como el conocimiento y respeto de los derechos, deberes, y obligaciones establecidas en la Declaración de los Derechos de los Pueblos Indígenas de la ONU y multiplicar las gestiones para convertirla en ley de la República.
Nicaragua tiene un liderazgo en materia de reconocimiento formal de derechos a favor de los Pueblos Indígenas y Afrodescendientes, pero hace falta educar a todos los nicaragüenses en materia de identificación, respeto y defensa de los derechos específicos reconocidos a favor de nuestros pueblos. Estimamos que este esfuerzo contribuirá a la urgente necesidad que tenemos.
Carta de Presentación / Reseña Histórica
Esta Declaración de Derechos de los Pueblos Indígenas realizada por la Asamblea General de la organización de las naciones unidas (ONU) con el consenso internacional y el voto favorable de 143 países el 13 de septiembre del 2007, en la 61 sesión es una respuesta a una demanda histórica de los pueblos indígenas del mundo y por ende constituya un hito importante para nuestros pueblos.
Para alcanzar el consenso internacional que culmino con la aprobación de la declaración de Pueblos Indígenas se tuvo que pasar por un largo proceso de debates, negociaciones, cabildeos, consultas y deliberaciones a nivel internacional.
En mil novecientos ochenta y siete, en Nicaragua se aprobó la primera constitución política y la primera Ley de Autonomía para pueblos Indígenas y afro-descendiente de Nicaragua y en el 2003 se aprobó la ley para la Demarcación y titulación de tierras y territorios de pueblos Indígenas y afro descendientes de las Regiones Autónomas de Nicaragua, Ríos Bocay, Coco, Indio y Maíz. Estos tres instrumentos nacionales constituyen parte de los adelantos jurídicos de Nicaragua y por ende importantes instrumentos legales que definen y regula los derechos específicos y las principales actividades políticas, culturales y otros de los Pueblos Indígenas y Afro descendiente de las Regiones Autónomas de Nicaragua.
La Declaración de Derechos y de los Pueblos Indígenas define y regula otros Derechos específicos que amplía la lista de Derechos específicos ya adquiridos por Pueblos Indígenas y Afro descendientes en virtud de la aprobación y reforma de la actual constitución política de la república de Nicaragua, la ley no. 28 y la ley No. 445. A esto se debe la importancia de conocer el contenido de la referida declaración de la ONU.
Si los actores sociales, el Gobierno y la cooperación internacional ponen de manifiesto su voluntad y sus acciones propositivas en la construcción de nuevas relaciones y / o de mejorar las ya existentes, entre el estado y los pueblos indígenas de Nicaragua, los derechos de nuestros pueblos serán más efectivos. Como consecuencia de lo anterior es imperante que:
a) Este instrumento internacional sea conocido y respetado por los pueblos indígenas, por las autoridades del gobierno y por todos los actores sociales del país.
b) Que se convierta en ley de la República, a través de un acto Legislativo que le de ese rango en el país.
Con la esperanza de poder contar con la valiosa comprensión y cooperación de ustedes para promover el conocimiento, respeto y aplicación del contenido de la Declaración de Derechos de los Pueblos Indígenas de la ONU, la comisión de Asuntos Étnicos, Regímenes Autonómicos y comunidades Indígenas les hace llegar un ejemplar de la Declaración junto con una copia del convenio n° 169 de la OIT y en mi carácter de presidente de la citada Comisión les pido multiplicar y compartir su contenido con otros hermanos.
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Lic. Brooklyn Rivera Bryan
Presidente
Comisión de Asuntos Étnicos, Regímenes Autonómicos y Comunidades Indígenas.
Asamblea Nacional.
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